Respuesta saharaui a la resolución del Consejo de Seguridad

El Frente POLISARIO no puede dejar de expresar una vez más su rechazo al continuo silencio del Consejo de Seguridad, en particular de algunos miembros influyentes, sobre las graves consecuencias de la violación y torpedeo del alto el fuego de 1991 por parte del estado ocupante de Marruecos

Etiquetas : Sahara Occidental, Marruecos, Consejo de Seguridad, ONU, MINURSO, Resolución 2703 (2023),

COMUNICADO DE PRENSA

[Bir Lehlou, RASD- 30 de octubre de 2023] El 30 de octubre de 2023, el Consejo de Seguridad adoptó la resolución 2703 (2023) por la que decidió prorrogar el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara Occidental (MINURSO) hasta el 31 de octubre de 2024.

En su resolución, el Consejo de Seguridad recuerda y reafirma todas sus resoluciones anteriores sobre el Sahara Occidental y reafirma su compromiso de ayudar a las dos partes, el Frente POLISARIO y Marruecos, a lograr una solución justa y duradera que prevea la autodeterminación del pueblo del Sahara Occidental. El Consejo de Seguridad reconoce igualmente el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que cumpla plenamente su mandato.

Además, el Consejo de Seguridad insta a brindar mayor cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), facilitando las visitas a la región, que es un mensaje claro al estado ocupante de Marruecos que ha estado impidiendo que la ACNUDH visite el Sahara Occidental ocupado por octavo año consecutivo.

El Consejo de Seguridad también acoge con satisfacción las consultas informales convocadas por el Enviado Personal con las dos partes, los países vecinos y otros países, incluidos miembros permanentes del Consejo, lo que demuestra la importancia internacional otorgada a la cuestión del Sahara Occidental.

Sin embargo, el Consejo de Seguridad ha perdido otra oportunidad de adoptar medidas concretas que permitan a la MINURSO cumplir plenamente su mandato establecido en la Resolución 690 (1991) del Consejo de Seguridad. El Consejo de Seguridad tampoco ha abordado de manera decisiva las prolongadas restricciones impuestas por el estado ocupante de Marruecos a la MINURSO que socavan gravemente el carácter internacional, así como la credibilidad y la imparcialidad de la Misión.

El Frente POLISARIO no puede dejar de expresar una vez más su rechazo al continuo silencio del Consejo de Seguridad, en particular de algunos miembros influyentes, sobre las graves consecuencias de la violación y torpedeo del alto el fuego de 1991 por parte del estado ocupante de Marruecos, que ponen en peligro no sólo las perspectivas de relanzar el proceso de paz, sino también la paz, la seguridad y la estabilidad en toda la región.

El Frente POLISARIO reitera su rechazo categórico a la política de hechos consumados que el estado ocupante de Marruecos intenta imponer por la fuerza en los Territorios Saharauis Ocupados y reafirma la firme e inquebrantable determinación del pueblo saharaui de continuar su lucha de liberación por todos los medios legítimos para lograr sus aspiraciones nacionales de libertad e independencia y el establecimiento de su soberanía sobre todo el Territorio de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD).

El Frente POLISARIO reitera también su compromiso con el logro de una solución pacífica, justa y duradera a la descolonización del Sahara Occidental, la última colonia de África, basada en el ejercicio libre y democrático por parte del pueblo saharaui de su derecho inalienable, innegociable e imprescriptible a la libre determinación y la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y la Unión Africana y sobre la base del mandato para el cual se estableció la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO).

En este sentido, el Frente POLISARIO reafirma que el Plan de Arreglo de las Naciones Unidas y la Organización de la Unidad Africana sigue siendo el único acuerdo mutuamente aceptado por las dos partes, el Frente POLISARIO y Marruecos, y aprobado por unanimidad por el Consejo de Seguridad en su resolución 658 ( 1990) y la resolución 690 (1991), por la que el Consejo estableció, bajo su autoridad, la MINURSO para celebrar un referéndum libre y justo, sin restricciones militares ni administrativas, para permitir al pueblo del Sahara Occidental ejercer su derecho inalienable a la libre determinación e independencia.

El marco jurídico internacional para una solución pacífica y duradera a la descolonización del Sahara Occidental ha sido claramente definido por los órganos pertinentes de las Naciones Unidas y aceptado por las dos partes que se comprometieron formalmente a ello ante la comunidad internacional. Por lo tanto, de nada sirve intentar justificar la injustificable inacción y la complacencia mediante la búsqueda de nuevas “fórmulas” fuera de este marco, porque es mucho lo que está en juego, incluida la paz y la seguridad en toda la región.

Lo que se necesita, urgentemente, en esta coyuntura crítica, es poner fin a la impunidad y exigir responsabilidades a la parte que ha estado obstruyendo el proceso de paz y adoptar medidas concretas que permitan a la MINURSO implementar plenamente su mandato. Este es el único camino viable que conduce al logro de la paz justa y duradera y al restablecimiento de la seguridad y la estabilidad en nuestra región.

#SaharaOccidental #Marruecos #MINURSO

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*